En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado preventivamente los bienes muebles señalados y descritos con anterioridad. Seguidamente el tribunal procede a tomarle el juramento de Ley al apoderado judicial, de la SOCIEDAD MERCANTIL FAVRI MUEBLES CIUDAD OJEDA C.A, que fuera designada por el tribunal de la causa como Secuestrataria Judicial, ciudadano ANGEL CASAS, de la siguiente manera: ¿Juran usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona? Contesta "Si lo juro". En este estado el tribunal procede a hacerle entrega de los bienes legalmente secuestrados en este acto al representante legal de la Secuestrataria Judicial designada, ya identificado, quien manifestó recibirlo conforme en las condiciones antes mencionadas. Siendo las doce y treinta de la tarde, se dio por terminado el presente acto. Termino, se leyó y confo.....