Por consiguiente, revisado como ha sido el derecho y en base a la presunción de admisión de los hechos alegados por la demandantes, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRETENSION de la ciudadana, DORIMAR DE LOS ANGELES IBAÑEZ MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 13.602.023.condenándose a la parte demandada SPLENDOR MANTENIMIENTO C.A, Inscrito en la Oficina de Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en fecha 06 de octubre de 1969, Tomo 62-A , en la cantidad de VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 26.969,42), quedando resumida la condenatoria en el siguiente recuadro:
Concepto Asignación
Salarios Caídos 10.427,38
Prestación de antigüedad artíc.....