DISPOSITIVA.
En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA. EXTENSION ACARIGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO, de la presente causa a favor de la adolescente acusada: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quien se le acusare por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGA AGRAVADO EN MODALIDAD DISTRIBUCION, articulo 149 de la ley orgánica de droga con relación al articulo 163 numerales 1 y 7, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el articulo 300 Numeral 2do del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por disposición del artículo 537 de la Ley especial, por ser inimputable en este caso por la inculpabilidad.
Se ordena la LIBERTAD PLENA de la adolescente y la remisión de la presente c.....