ACUERDO: PRIMERO: La madre NORBELYS DEL VALLE MONTILLA MEJÍAS, conviene en fijar por concepto de obligación de manutención a favor de sus hijos: (identificación omitida por disposición de la Ley) , la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 500,oo). SEGUNDO: En el mes de septiembre de cada año, ambas partes convienen en que la madre además de los 500,oo Bs correspondientes al mes, adquirirá para uno de sus hijos los útiles y uniformes escolares y el padre se encargará de compararle al otro niño los útiles y uniformes escolares. TERCERO: En el mes de diciembre de cada año, ambas partes convienen en que la madre además de los 500,oo Bs correspondientes al mes, adquirirá para uno de sus hijos ropa, calzado y presente navideño tanto para el 24, como para el 31 de diciembre y el padre comprará para el otro niño la ropa, calzado y presente navideño tanto para el 24, como para el 31 de diciembre. CUARTO: Las cantidades acordadas por concepto de Obligación de Manutención, serán entre.....