Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la Remisión solicitada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el articulo 561 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento Definitivo de conformidad con el artículo 48 ordinal 5to. y 318 ordinal 3ro., ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del adolescente, identidad omitida , por el hecho ocurrido en fecha en fecha 30 de Noviembre de 2003, a la 01:00 horas de la tarde, en perjuicio de los niños identidades omitidas.
En virtud de que la presente decisión pone fin al proceso se ordena notificar a las partes.
En la ciudad de Guanare, a los veinticinco (25) días del mes de Agosto del año 2005.
LA JUE.....