Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la
Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y
en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento
Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadano
Cristiber Alexander Guerra Ramos, ya identificado el derecho de propiedad y
posesión sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los
derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de
Certificación de Medidas y Linderos expedido por la Sindicatura Municipal y
Autorización para Levantar Titulo Supletorio de Bienhechurías N° 001-2022,
expedida por la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Portuguesa y
Sindicatura Municipal; ambas de fecha 08 de Diciembre de 2022, para el
levantamiento del presente Titulo Suple.....