Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de las Actas de Nacimiento correspondientes a la ciudadana EVELIA PASTORA VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, casada, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 4.239.164, de este domicilio, insertas en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por la entonces Primera Autoridad Civil del Distrito Guanare del estado Portuguesa, hoy Registro Civil del Municipio Guanare de este mismo estado, bajo el Nº 445, Libro Nº 1, Folio 226, de fecha 24/05/1954; y por ante el Registro Principal del estado Portuguesa, inserta bajo el Nº 445, Folio 226, del año 1954.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declarat.....