DISPOSITIVA
Por los fundamentos ya expresados, este Tribunal de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, contra el ciudadano LUCIDIO ANTONIO GARCÍA TORRES, venezolano, nacido en fecha 13 de diciembre del año 1969, titular de la Cédula de Identidad N° 12.446.546, hijo de Antonio García y María Dolores Torres y residenciado en el barrio 19 de Abril, Sector dos, calle 12, entre avenidas uno y dos casa sin número, de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa, por la participación en el delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, por tratarse de un delito en perjuicio de una niña.
Segundo: Se admiten los m.....