PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana OMAIRA DEL CARMEN ROJAS, en contra de la firma unipersonal AREPERÍA LA DOÑA: DE EPIFANÍA GONZÁLEZ, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: Se ordena a la firma unipersonal AREPERÍA LA DOÑA: DE EPIFANÍA GONZÁLEZ, pagar a la ciudadana OMAIRA DEL CARMEN ROJAS, las cantidades detalladas expresamente en la parte motiva de la presente decisión por concepto de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal en los términos expresados en el fallo definitivo. CUARTO: Se ordena el pago de intereses de mora sobre las cantidades acordadas por este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expresados en el fallo definitivo. QUINTO: Se condena en costas a la firma unipersonal AREPERÍ.....