Dicho pago será hecho en dinero efectivo por ante el Tribunal de la causa de la comisión No. 961-08, es decir, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, el día de hoy a las 3.00 p.m. exacto. Es todo”. En este estado, el Abogado Ejecutante Juan Bautista Rodríguez, solicita el derecho de palabra y, siéndole concedido EXPONE: “Acepto el pago ofrecido por la parte demandada, debidamente asistido y me comprometo, en mi condición de Endosatario en Procuración, a estar hoy a la hora indicada a objeto de recibir el pago acordado. Es todo “ El Tribunal, en este estado, visto el acuerdo entre las partes, ordena el regreso a su sede natural y, habiendo cumpliendo la misión da por terminado el presente acto, siendo las 11:30 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman, (LS) La Juez Primero Ejecutor de Medidas Suplente Especial. Abg. Belkis Coromoto Martorelli Betancourt (Fdo.) ilegible.- El Endosatario en Procuración. Abogado Juan Bautista Rodríguez (Fdo.) Ilegible. El demanda.....