Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO Concede a la Fiscalia 37º del Ministerio Pùblico prorroga de TREINTA (30) DIAS CONTINUOS para que concluya con la presente investigacion seguida en contra de joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 452 del Código Penal, cometido en perjuicio de la FARMACIA LAGOMAR FARMATODO C.A, siendo el dia A QUO o dia en que comienza a computarse el lapso, el dia VEINTIDOS (22) DE NOVIEMBRE DEL 2009, por ser el dia siguiente al vencimiento del plazo otorgado de conformidad con el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en consecuencia el dia AD QUEM o dia en que culmina la prorroga aquí otorgada es el VEINTIUNO (21) DE DICIEMBRE DEL 2009, debiendo presentarse como acto c.....