Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento iniciado por solicitud de divorcio por separación de hecho, intentada por MARTÍN GÓMEZ MUÑOZ y ELBA LUCÍA USECHE VERA, identificados en la presente decisión.