DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado FÉLIX JESÚS MONTES DÁVILA, en su condición de Defensor Privado de los imputados YONATHAN ANTONIO URBINA, JOSÉ GREGORIO ANGULO SANTELIZ, CARLOS EDUARDO PINEDA AGUILAR, ANTONIO JAVIER LÓPEZ ESPINOZA y CARLOS ENRIQUE PÉREZ RODRÍGUEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de diciembre de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 02, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua.
Regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare, a los VEIN.....