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Decisiones del dia 27/04/2012

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : PP01-J-2012-000351 N° Sentencia : Fecha: 27/04/2012
Procedimiento:
Obligacion De Manutencion
Partes:
YILMER JOSÉ QUINTERO MANZANILLA Y YOLEIDA COROMOTO TORRES TORRES
Resumen:
PRIMERO: El ciudadano YILMER JOSÉ QUINTERO, le dará a la ciudadana YOLEIDA COROMOTO TORRES TORRES, la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150,00) semanalmente, previo recibo firmado, se lo hará llegar a través del hijo de ambos (identificación omitida por disposición de la Ley) , esta cantidad comprende todo lo relativo al sustento, vestido, habitación, educación, cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes, haciéndose efectivo a partir del 23 de abril de 2.012. SEGUNDO: Así mismo en los meses de agosto o septiembre les comprará uniformes y útiles escolares. TERCERO: De igual manera en el mes de diciembre, les comprará vestido y calzado en ocasión de las fiestas decembrinas. Queda establecido que la manutención aumentará progresivamente en la medida del aumento salarial. De igual forma, se compromete con los gastos que impliquen las diferentes asignaturas del Liceo de (identificación omitida por disposición de la Ley) CUARTO: También queda estableci.....
Juez/Ponente:
Francileny Alexandra Blanco Barrios
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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N° Expediente : PP01-J-2012-000350 N° Sentencia : Fecha: 27/04/2012
Procedimiento:
Obligacion De Manutencion
Partes:
JOSÉ GREGORIO BRICEÑO SEGREDO Y GILSERIA RAMÍREZ GAMEZ
Resumen:
PRIMERO: el padre del niño antes identificado, voluntariamente ofrece aportar la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00) mensuales, por concepto de Obligación de Manutención y en el mes de agosto y diciembre la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00) más los gastos de medicinas, consultas médicas, especializadas y hospitalización serán costeadas por el padre. SEGUNDO: Se conviene que la cantidad por obligación de manutención se depositará en la cuenta de ahorros N° 0121-0330-10-0200658794 de la Entidad Bancaria CORP BANCA a nombre de la madre del niño. TERCERO: De igual modo, manifiestan que los pagos por concepto de obligación de manutención se realizarán todos los últimos días de cada mes. La ciudadana GILSERIA RAMÍREZ GAMEZ, manifiesta que acepta el ofrecimiento de Obligación de Manutención que establece el padre de su hijo. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, este Tribunal Segundo de Primera Instancia.....
Juez/Ponente:
Francileny Alexandra Blanco Barrios
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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