Por las razones expuestas y en virtud que los ciudadanos INGRID MYVIT GIMENEZ SIRA y PETTER GEORGE TIMUDES HERNÁNDEZ, antes identificados, realizaron un convenimiento de obligación de manutención cumpliendo con todas las formalidades de la Ley, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación al convenimiento efectuado, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Así se decide
Líbrese oficio al ente empleador Corporación CASA, Silos Turén 2, con sede en la carretera M, vía El Playón, del Municipio Turén Estado Portuguesa, a fin de que sea retenida la cantidad acordada en MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales, y el doble de la referida cantidad en l.....