Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la
Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en
Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento
Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano Jesús
María Conde Fernández, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión
sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de
terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de Certificación de
Medidas de Linderos, para el levantamiento del presente titulo supletorio.
Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Tuez Provisorio.
Abg. Yaneth Garcia de Parra
La Secretaria.
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.
Conste.
So.....