éste Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el Tribunal Comitente, Declara embargado preventivamente las Cuatrocientas Mil acciones (400.000) de un Mil Bolívares cada una (Bs. 1.000,oo) y que suman la cantidad de Cuatrocientos Millones de Bolívares (Bs. 400.000.000,oo) todos anteriores al decreto de reconversión