V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: NULAS todas la actuaciones realizadas en la causa, incluyendo el auto de admisión.
SEGUNDO: SE ORDENA a la Juez del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, remitir la presente causa al juzgado distribuidor de los juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, para que sea distribuida en uno de los dos (2) juzgados de Primera Instancia, de este Circuito Judicial del estado Portuguesa, para que a quien le corresponda conocer, le de el trámite procesal.....