DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento propuesta por los ciudadanos Maria Amelia Anzorriga Vásquez y Pablo José Crespo Montilla, de conformidad con lo establecido en el articulo 8 ordinal 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa, el día Veintisiete (27) de Septiembre de Dos Mil Trece (2013).
Una vez que quede definitivamente firme la presente decisión, líbrense los oficios respectivos a las autoridades civiles corresp.....