Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN a la medida cautelar planteada por la ciudadana EDELMIRA VALENZUELA, asistida por el abogado Ricardo Campos.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN realizada por la ciudadana GUMERSINDA VALENZUELA y el ciudadano ANDRÉS VALENZUELA, representados judicialmente por el abogado José Enrique Escalona.
TERCERO: Se MATIENE VIGENTE la medida cautelar decretada por este Tribunal, fecha dieciocho (18) de septiembre de 2012.
CUARTO: Se condena en costas a la parte opositora, por haber sido vencida totalmente, de conformidad con el artículo 274 del Código De Procedimiento Civil.
QUINTO: Notifíquese a las partes en conformidad con lo establecido en el artícul.....