en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa Juzgada, y verificado como ha sido el pagado, se ordena el cierre y archivo del expediente, así como su remisión al archivo Judicial en la oportunidad correspondiente. Es todo.
La Juez,
Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez
El Beneficiario
Daniel José Rivero Valderrama.
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Abogado Asistente del Beneficiario.
Abg. Ana Maria Tua Guerrero.
Representante Legal de la Empresa
Abg. Jorgicel Sabrina Torres Oráa.
La Secretaria,
Abg. Josefa Carmona