Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda concederle al Ministerio Público, un plazo de UN (01) Y SEIS (06) MESES contados a partir de la presente fecha, a los fines de que concluya la presente investigación iniciada en contra del mencionado adolescente imputado: CUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las personas, en perjuicio del ciudadano (a) JOSÉ DOMINGO HEREDIA RODRÍGUEZ ; antes identificado, y en consecuencia presente el correspondiente acto conclusivo de conformidad a lo establecido en el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para La Protección de .....