declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la adolescente MARIA LAURA ROMERO BRACHO, identificada con el Nº 1745, de fecha Veintiuno (21) de Agosto de Mil Novecientos Noventa (1990), del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y en la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia; por consiguiente, queda rectificada la referida acta de nacimiento, en virtud de que el numero de la cédula de identidad correspondiente a la ciudadana NURIS BEATRIZ ROMERO BRACHO, ya identificada, progenitora de la adolescente de autos es 6.832.064, y no 5.832.064.-
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante .....