este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
ÚNICO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, y en consecuencia, la extinción del procedimiento que por Querella Interdictal Hereditaria interpusiera la ciudadana, abogada Claret Brizeida Hidalgo Guerrero, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número 9.264.622, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 54.913, en su carácter de apoderada judicial de las ciudadanas, OLIMPIA MENA, JOSEFA ANTONIA MENA, MARÍA ELOÍNA MENA y NINFA MARÍA MENA y los ciudadanos, NELSON HONORIO MENA, MARTÍN ALFREDO MENA y PEDRO MANUEL MENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 2.725.927, 1.217.867, 4.244.953, 3.835.190, 3.597.772, 2.725.845 y 1......