En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de junio de dos mil quince (2.015), siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, por solicitud de adelanto de la audiencia, comparece el ciudadano EDGAR DÍAZ, como parte demandante, asistido por la abogada MILEIDIS RIVERA Procuradora de Trabajadores del estado Zulia, así como el abogado en ejercicio NAMAN SEGUNDO GONZALEZ ROMERO, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. Seguidamente, se da inicio a la audiencia. Se constituye este Tribunal bajo la dirección del ciudadano Juez Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. En este estado la parte demandada por medio de su apoderado judicial, expone: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa la parte demandada ofrece en este acto a la parte demandante la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00), a los fines de cancelar .....