Y visto que conforme al informe consignado por ante este Tribunal en fecha 12 de Julio de 2005, por el ciudadano FREDDY MENDOZA, donde se justifica su incomparecencia al Juicio Oral y Público que se celebró en esta sede Judicial, ya que se encontraba de guardia realizando labores propias de su cargo y que no pudo ser suplido por ningún otro funcionario. Y tomando en consideración que cualquier actuación de todo funcionario público en el ejercicio de sus funciones están investidas de legalidad, a su vez tomando en cuenta la carencia de recurso humano que presenta dicho organismo de seguridad, por otro lado es muy bien sabido el proceso de reestructuración que se está llevando a cabo en ese cuerpo policial, quien aquí decide observa que fue inoficiosa la apertura de dicho procedimiento, razón por la cual se ordena el cierre del presente procedimiento de multa seguido al ciudadano FREDDY MENDOZA, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Del.....