...lo que efectivamente así declaro y me INHIBO de conocer la presente causa seguida a el ciudadano David de Los Ángeles Noguera Ramírez, antes identificado, con fundamento en la causal prevista en el artículo 86 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Sustánciese la presente incidencia en Cuaderno por separado, al cual agréguese copia certificada de las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones antes citadas; a los fines de su remisión a la Instancia Superior que ha de conocer. En cuanto a la continuidad del proceso cuyo conocimiento debe pasar a otro Juez de igual categoría de conformidad con el artículo 94 del Código Adjetivo, remítase la presente causa al Juzgado de Ejecución Nº 2 de este mismo Circuito Judicial. Notifíquese a las partes y déjese copia certificada y envíese el presente cuaderno de inhibición a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, agregándos.....