DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, dictamina lo siguiente: Primero: Se acuerda con lugar la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA), como FLAGRANTE, conforme a lo previsto en el artículo 557 de la ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente y el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa de lo previsto en el artículo 537 de la cita ley especial, adolescente que resulto imputado en la presunta comisión de uno de los Delitos Contemplados en la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, Segundo: Acuerda continuar las ave.....