En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN de la sentencia dictada por el Juzgado de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, por Admisión de los hechos conforme al 375 del Código Orgánico Procesal Penal contra el ciudadano Ilys David Ajaque González, venezolano, nacido en fecha 29-12-1984, de 30 años de edad, cedula de identidad N°16.806.169, soltero, residenciado en el Caserío San Rafael de Córdoba, Sector los González, parte alta Botucal Municipio Guanare Estado Portuguesa, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de Yosmil Antonio (occiso). De conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal
Ofíciese lo conducente a .....