Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano Abrahán Antonio Orellana, venezolano, mayor de edad, natural de Obispo, Estado Barinas, nacido el 09/10/1961, de 46 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 8.145.661, residenciado en el Barrio Las delicias, calle Principal con callejón N°1, casa S/N, vía Sabanetica Acarigua, Estado Portuguesa, de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, por la comisión de los delitos de Cooperador Inmediato En el Delito de Robo a Mano Armada en Grado De Frustración previstos y sancionados en los artículos 460 en relación con los artículos 80 y 83 del Código Penal
Regístrese, notifíquese, déjese copia y Archívese.
El Juez de Ejecución N° 1,
Abg. Rafael Clemente .....