Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, en DIVORCIO, efectuada por los ciudadanos JUAN JOSUÉ MARTÍNEZ RODRÍGUEZ y MARGELIS AILINS GUTIERREZ VARGAS, plenamente identificados; decretada por éste mismo Órgano Jurisdiccional, el día diez de enero del año dos mil diecisiete (10/01/2017), según lo establecido en el artículo 189 del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia, de la anterior declaratoria de conformidad con lo estatuido en el artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veintinueve de mayo del año dos mil quince (29/05/2015), por ante el REGISTRO CIVIL DE.....