Es por lo que Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 el Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en esta ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre del Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Declara con lugar, lo peticionado por el Defensor Público I; Abg. Luís Alberto Arocha Villanueva en cuanto a que el Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY CONFORME AL ARTÌCULO: 65 DE LA LEY ORGÀNICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES), sea trasladado a la Sede de la Entidad de Atención Integral (Varones) Guanare, estado Portuguesa, una vez sea constatado por parte del Director de la Entidad de (Varones) de Yaracuy de Manera conjunta con el Director de la Entidad de Atención (Varones) Guanare, que efectivamente se encuentra el cupo disponible para dicho ingreso. Para lo cual ambas entidades deberá informar a esta dependencia judicial cuand.....