Por los razonamientos expuestos, éste TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, hecho por los ciudadanos DILCIA FLORES, parte actora debidamente asistida por la profesional del derecho BETSY VANESSA MAZA CARDOZO y el ciudadano NELSON URDANETA GONZALEZ en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada en este juicio, por motivo de PENSION DE JUBILACION.
SEGUNDO: Cosa juzgada en este juicio
TERCERO: Se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en actas la inclusión por parte de la demandada a la plantilla de Pensionados a la ciudadana DILCIA FLORES en el sistema de nómina correspondiente.
CUARTO: Este Tribunal en aras de preservar los privilegios que la Ley confiere a la República y garantizar el debido.....