En el día hábil de hoy, 30 de abril de 2013, siendo las 09:30 A.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el ciudadano alguacil de guardia anuncio en la sala de espera del Circuito judicial el comienzo del acto a la hora fijada, anunciando el acto en tres (03) oportunidades y este Juzgado deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes, en consecuencia, siendo que en principio el titular de la acción es el demandante este Juzgado aplica las consecuencias establecidas en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Por cuanto en fecha 20 de septiembre de 2011 ( folio33 ) se recibió el material probatorio a los fines de salvaguardar el Derecho a la Defensa de las partes y vista la decisión proferida por este Juzgado, se pone a disposición de las .....