DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LIGIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RAMOS y POMPILIO RAMÓN SÁNCHEZ TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.911.416 y V-4.262.422, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados, en la Urbanización Santa Eduviges, Calle Principal, Casa N° 23, Araure Municipio Araure del Estado Portuguesa, y el segundo en el Barrio mi Jardín, calle 6, sector IV, casa sin número, del Municipio Barinas del Estado Barinas, asistidos por la Profesional del Derecho NANCY JOSEFINA VALBUENA de TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.804., de conformidad con .....