PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JHON JAIRO ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-20.816.514, por accidente de trabajo en contra de la sociedad mercantil BAMECA, C.A. En ese sentido y como consecuencia de lo anterior, se ordena el pago de los siguientes conceptos, los cuales se especificarán en la motiva de la presente decisión: a) Indemnización prevista en el cuarto aparte del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo; b) Indemnización por daño moral, conforme a la teoría de la responsabilidad objetiva o del riesgo profesional, desarrollada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 17 de marzo de 2002, caso Hilados Flexilón, S.A. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte totalmente perdidosa de conformidad con el artículo 59 de la LOPTRA.