CUARTO
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Admite la Acusación totalmente en contra del Adolescente Imputado (IDENTIDAD OMITIDA); admite la acusación y la totalidad de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser pertinentes y necesarios y la Calificación Jurídica dada por el Ministerio Público como Delito de: Posesión Ilícita de Droga, previsto en el Artículo: 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de: El Estado Venezolano.
SEGUNDO: Vista la Manifestación de voluntad del Adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA) en consecuencia Se condena a cumplir las medidas sancionadoras de Libertad Asistida y Reglas de Conducta previsto en los Artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,.....