Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PROTECCION EXTRAPROCESO, a favor de la ciudadana DILIA HERIBERTA GOMEZ, venezolana, soltera, del hogar, 57 años de edad, titular de la cedula de identidad NV-7.546010, domiciliada el Barrio Bella Vista 1, Calle 35 con Avenida 44 y 45, Casa N° 43-1 1, Acarigua, Municipio Páez Estado Portuguesa, por cuanto la misma figura como víctima directa en la investigación penal seguida por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Segundo Circuito del Estado Portuguesa bajo el Nº MP-314346-2013, consistente en: PATRULLAJE POLICIAL con funcionarios adscritos al Centro de Coordinación Policial Nº 2 Municipio Páez Estado Portuguesa, en su domicilio ubicado en: Barrio Bella Vista 1, Calle 35 con Avenida 44 y 45,.....