Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ordinarios y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, intentado por ciudadana MIGDALY JOSEFINA LEZAMA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.116.623 y de este domicilio; por haber transcurrido en el caso de autos el lapso legal previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, sin que conste de ellos la ejecución en ese período, de algún acto de procedimiento por parte del demandante. En consecuencia de la anterior declaratoria, no hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-