-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos FELIX BONIFACIO GARRIDO SANTAELLA y GRACIELA MARISOL BLANCO DE GARRIDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-5.316.085 y V-5.412.693, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 19 de junio de 1998, por el Registro Civil, de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. 388, del libro de matrimonios correspondiente al año 1998, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la p.....