Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos: JOSE LUIS SIVILA PEREZ y FARELLY DEL VALLE VAZQUEZ SILVA DE SIVILA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.766.191 y V-13.425.968, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Junta Parroquial Cabudare del Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha 14 de octubre del año 2009, según consta de acta de matrimonio número 116, del libro de matrimonios correspondientes al año 2009.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspon.....