Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte recurrente, sociedad mercantil, SOLGEN 2003, C.A., sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 23 de abril de 2003, bajo el N° 45, Tomo 754-A, contra decisión de fecha 05 e noviembre de 2018 emanada del Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en fecha 05 de noviembre de 2018. TERCERO: Se ordena la continuación del proceso en el estad.....