Congruente con los razonamientos expuestos, se impone para este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conceder el pase correspondiente otorgándole en este sentido fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio Nº 08-00131 10 007-2014-00672-00, dictada por el Juzgado Séptimo de Familia de Oralidad de Barranquilla, República de Colombia, en fecha 10 de noviembre de 2014, en la cual se declaró disuelto el matrimonio civil que existía entre los ciudadanos TELMA ROSA CABALLERO DE BALETA y JESÚS MARÍA BALETA MONTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 22.033.024 y 23.222.871, respectivamente. Celebrado el día 15 de mayo de 1971.
III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho ya expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Ár.....