Este Juzgado Octavo en función de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano FERWUIN ANTONIO MATA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caucagua, Estado Miranda, donde nació en fecha 21/09/1.985, de 19 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Buhonero, Grado de Instrucción Cuarto Grado, hijo de MARGARITA MATA (v) y de LORENZO URBINA (v), residenciado en Carretera Vieja Caracas - La Guaira, Barrio El Limón, Sector Ojo de Agua, casa sin numero, de color blanca, Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, teléfono 0416-8033074 y 0414-1022589, y titular de la cédula de identidad Nº V-19.305.703, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Pena.....