Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Declara LA COMPETENCIA de esta Corte de Apelaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional, presentada por el profesional del Derecho EDUARDO ENRIQUE BRITO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 20.306, quien se atribuye el carácter de apoderado judicial de la ciudadana IVON DEL CARMEN JIMÉNEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad No. V-5.262.787, a quien la identifica como víctima de la causa judicial Nº 2013-007706; contra el auto de Apertura a Juicio de fecha 10 de agosto de 2017, dictado por el Tri.....