Por lo expuesto, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por las ciudadanas ELIZABETH MARIA LEÓN MORENO y MARBELLA CHINEA MORENO, contra la declaratoria de Inadmisibilidad, proferida por el JUZGADO SÉPTIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la solicitud de amparo constitucional intentado por dichas ciudadanas, por presuntos hechos inconstitucionales atribuidos por las mismas, a las empresas JARDIN DE INFANCIA "MI CASITA BLANCA", C.A , e, INVERSIONES INMOBILIARIAS SAFEMI, CA. SEGUNDO: El a quo, deberá, solicitar a las accionantes en amparo, amplíen y precisen la solicitud de amparo, y, cualesquiera información o.....