"...Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 05-08-2015, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estando el expediente en fase de sustanciación este juzgado pasa a verificar. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora JAIME MAVARES ARGUINZONES, titular de la C.I. V-3.796.588, debidamente asistido por el abogado FRANCISCO MUJICA, IPSA Nº 17.143, y firmado por el representante legal de la demandada CORPORACIÓN TELEMIC, C.A., la abogada LUISA AGUILAR, IPSA Nº 119.317, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.472.928,00), la cual .....