Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 17 de may de 2011, por la abogada JESYRETH VARGAS en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 01 de abril de 2011, con motivo del recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil TRANSPORTE VALORES DE VENEZUELA, C. A. TRANSVALVEN contra de la providencia administrativa No. 00030-2009 dictada por la Inspectoría del Trabajo en fecha 30 de enero de 2009. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.