Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 16 de noviembre de 2004, por los abogados Luis Fraga Pittaluga, Salvador Sánchez González y Mónica Viloria Méndez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.875.941, V-8.762.078 y V-10.339.954, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 31.792, 44.050 y 73.344, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente CARVAJAL, S.A, (antes denominada Carvajal de Venezuela Comercializadora, S.A., inicialmente denominada Ditiempo Inversiones, C.A.) contra la Resolución N° 4.940 de fecha 28 de septiembre de 2004, dictada por la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) y notificada a la recurrente en fecha 14 de octubre de 2004