VI
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE en derecho la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la sociedad mercantil INMOBILIARIA AREVALO LOZADA C.A., contra el ciudadano RAMON MORELLY CHOCRON, ambas identificadas plenamente en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento objeto de la pretensión, y por ende se ordena a la parte demandada que entregue a la parte actora el inmueble que a continuación se identifica: Apartamento Nº 11-C, Piso 11, del Edificio Residencias Tauro, situado en la Avenida Urimare, de la Urbanización El Marques, en Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda
TERCERO: Se condena a l.....